CÓMO SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN DE LA PRESTACIÓN POR MATERNIDAD.
Si percibiste tu prestación de maternidad a partir de 2014, puedes solicitar que te devuelvan lo tributado en el IRPF
El Tribunal Supremo ha determinado que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social, que perciben las mujeres trabajadoras durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento de un hijo, están exentas del IRPF, en contra del criterio que hasta ahora ha mantenido la Agencia Tributaria.
Esta sentencia puede propiciar que entorno a de madres y padres soliciten la devolución de lo tributado por la prestación de maternidad, lo que supondría un duro golpe para Hacienda. Desde Mercado Financiero hemos preparado una guía con las preguntas y respuestas para aclarar cómo solicitar la devolución de la prestación por maternidad a las arcas públicas.
A pesar de ello, los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) recomiendan esperar unas semanasantes de empezar a reclamar las devoluciones del IRPF por bajas de maternidad, ya que Hacienda trabaja en una herramienta informática con un formulario específico que agilice al máximo el proceso.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN?
Los contribuyentes que incluyeron la prestación por maternidad en sus declaraciones de IRPF de los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017 pueden solicitar la devolución de la prestación por maternidad, ya que los ejercicios anteriores han prescrito al haber pasado más de cuatro años, según indicó a Europa Press el portavoz de Gestha, José María Mollinedo.
Aunque la norma de IRPF habla de prestaciones de maternidad, no sólo las madres perceptoras de dicha prestación podrán instar la reclamación. También podrán reclamar los padres que la hayan percibido, porque cuando el padre disfruta del periodo cedido por la madre, la prestación que él percibe sigue siendo de maternidad.
¿CUÁNTO ME PUEDEN LLEGAR A DEVOLVER?
Despende de cada caso. La cuantía puede variar bastante según cual sea el importe de la prestación recibida y el tipo marginal aplicado al resto de ingresos del contribuyente. Por ejemplo, para una prestación de 5.681 euros en 2015, la devolución oscilaría entre 1.000 y 2.600 euros, según las estimaciones de la OCU.
Puedes localizar el importe de la prestación por maternidad que hayas percibido en los datos fiscales remitidos por Hacienda. Si no los conservas en papel, puedes consultarlos en la web de Agencia Tributaria dándote de alta en el sistema ClavePIN.
¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITARLO?
La OCU ha elaborado una guía para solicitar la devolución que incluye los siguientes pasos, si bien se espera que Hacienda habilite en los próximos días un formulario específico que agilice el proceso.
1. Presentar un escrito de solicitud de rectificación de autoliquidación y devolución de ingresos indebidos del ejercicio en que se percibió la prestación.
La asociacion de consumidores dispone de esta ‘Solicitud de rectificacion de autoliquidación y devolución prestación IRPF’ que puedes descargar en Word y rellenar con tus datos.
2. Presentar en la Administración de Hacienda una fotocopia de la declaración y de los datos fiscales del ejercicio que reclamas junto con el modelo.
En este paso, recuerda llevar dos copias del modelo firmado para que te sellen una con la fecha de su recepción. Otra opción es enviarlo todo por correo certificado administrativo.
Asimismo, ten en cuenta que si el niño nació en el último trimestre del año, es posible que se cobrara la prestación en dos ejercicios distintos y en ese caso deberás solicitar la rectificación de ambos ejercicios.
¿CUÁL ES EL PLAZO PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN?
La solicitud de rectificación se puede pedir antes de que pasen cuatro años desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de la declaración reclamada o desde el día siguiente a la presentación de la declaración si se presentó fuera de plazo.
¿QUÉ SUCEDERÁ DESPUÉS DE PRESENTAR EL ESCRITO?
Si esta solicitud se considera procedente, Hacienda rectificará la declaración presentada y devolverá la cantidad indebidamente ingresada, más los intereses de demora que correspondan.
Si Hacienda rechaza la devolución de ingresos indebidos, el contribuyente deberá presentar una reclamación económico administrativa. Si esta tampoco consigue un resultado positivo, tendrás que acudir a los tribunales contencioso administrativos asistido de abogado y procurador.
En el caso que desestimen la reclamación económico administrativa, deberás decidir si acudes a los tribunales para reclamar tu dinero. En ese caso necesitarás abogado y procurador, y los plazos y el proceso se pueden dilatar bastante en el tiempo, según advierten desde la OCU.